jueves, julio 16, 2009

CONSEJO REGIONAL DICTA MEDIDAS EN TORNO A ADMINISTRACIÓN DEL TRANSPORTE
Disminuyen monto de patrimonio exigido para prestar servicio en la sierra
PIURA, 15 JUL.- El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura acordó autorizar la reducción en un 50 por ciento del patrimonio mínimo exigido como condición para acceder y permanecer en la prestación del servicio de transporte público regular de personas para las zonas de sierra de la región Piura, de conformidad al artículo 38.1.5.2 del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC.
En el marco de la ordenanza que aprueba normas complementarias al nuevo reglamento nacional de administración del transporte, el acuerdo también contempla autorizar dentro del ámbito jurisdiccional del Gobierno Regional Piura, la prestación del servicio regular de personas en vehículos de hasta la Categoría M2 Clase III (mayor o igual a tres toneladas), en las rutas en las que no existan transportistas autorizados que presten servicios con vehículos habilitados de la categoría M3 Clase III.
Se precisa asimismo que los vehículos de la categoría M2, que fueron habilitados bajo el imperio del Decreto Supremo N° 009-2004-MTC, continuarán en el servicio de transporte regular de personas hasta cumplir con el tiempo de permanencia en el servicio, en armonía con lo dispuesto en el nuevo Reglamento de Administración de Transportes, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2009-MTC.
DONACION A ARCHIVO REGIONAL
Por otra parte, el órgano regional acordó aceptar la donación efectuada por la Cooperación Iberoamericana – Iberarchivos - Programa de Apoyo al Desarrollo de Archivos Iberoamericanos – ADAI, según Carta de fecha 27 de abril del presente año, suscrita por la Secretaría de la Unidad Técnica de Programa ADAI, mediante la cual se certifica y oficializa la donación de tres mil euros a favor del Archivo Regional de Piura, para ser destinada al proyecto "Conservación Documental", protección al Patrimonio Documental de la Nación. Mientras que de conformidad con el artículo 60° de la Ley N° 28411 – Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, se aprobó la subvención económica, ascendente a mil nuevos soles, a nombre del Sr. Martín Carrasco Chorres, como apoyo económico para el tratamiento médico que debe seguir su menor hijo Julio Martín Carrasco Montero en la ciudad de Lima.

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