sábado, junio 28, 2008

ComunaPeruPiura

No volverá a existir manipuleo malintencionado
que perjudiquen a los hombres de mar
MINISTRO REY SUSCRIBE RESOLUCIÓN QUE VERIFICARA
PESO EXACTO DE DESCARGAS EN LAS TOLVAS DE PLANTAS PESQUERAS
PWNChimbote, 28 de junio de 2008.- El ministro de la Producción, Rafael Rey, suscribió este mediodía una Resolución Ministerial que exigirá a las plantas pesqueras instalar en sus tolvas de pesaje un dispositivo electrónico el cual permitirá verificar el peso exacto de las descargas de los recursos hidrobiológicos, que lleguen de las embarcaciones pesqueras.
Mencionó que este dispositivo permitirá que no vuelva a existir manipuleo malintencionado que perjudiquen a los hombres de mar, pagándose precios justos y en estricta equivalencia al volumen descargado.
De esta manera se contará con información exacta y veraz para el pago de los derechos de pesca que deben abonar los armadores pesqueros.
El titular del Sector indicó que esta medida es una clara muestra del trabajo que está realizando el Ministerio de la Prdoucción para proteger y salvaguardar el trabajo de los pescadores y tripulantes de pesca en todas sus instancias.
La norma establece, entre sus principales considerandos, la instalación de sensores de seguridad que impidan cualquier intervención en la tolva durante su descarga.
De igual forma, al inicio y al final de la descarga total de la embarcación se imprimirá en el reporte de pesaje el número de cuentas del conversor analógico digital.
Además, señala la resolución, que en cada dispositivo indicador de peso de las tolvas, deben quedar registrados todos los ajustes de calibración, con indicación de la hora y fecha de los ajustes realizados, entre otras especificaciones.
El ministro Rafael Rey mencionó que los titulares de las plantas de harina de pescado, como responsables del funcionamiento de las tolvas de pesaje, deberán remitir a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia (Digsecovi), la clave de acceso (password) al módulo de calibración de sus dispositivos indicadores de control, a efectos de permitir la verificación inopinada de los parámetros de calibración por parte de personal especializado del Ministerio de la Producción o de la empresa ejecutora del Programa de Control y Vigilancia de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo,
La norma establece, también, que todo ajuste o cambio de los parámetros de calibración de los dispositivos indicadores de control debe ser realizado sólo por personal autorizado de una empresa calibradora debidamente acreditada por el Indecopi.
Asimismo, la empresa ejecutora del Programa de Control y Vigilancia de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, será la encargada de levantar el Acta correspondiente en caso de realizarse ajustes o cambio de los parámetros de calibración de los dispositivos indicadores de control.

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